PRESENTACIÓN
El Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC) desde 1996 es la entidad responsable de operar el Sistema Interconectado Nacional (SIN), administrar el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y participar en la planificación de la expansión del SIN, siguiendo las directrices del Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
El Comité Nacional de Despacho de Carga es una persona jurídica pública no estatal sin fines de lucro, cuya creación, organización y funciones, se hallan enunciadas en el Artículo 18 y 19 de la Ley de Electricidad N°1604 del 21/12/1994, el Artículo 3 del DS N°26093 Reglamento de Operación del Mercado Eléctrico del 02/03/2001 y DS N° 29624 Reglamento de Funciones y Organización del CNDC del 02/07/2008.
El Comité Nacional de Despacho de Carga forma parte del Sector Eléctrico Boliviano referido en el DS N°29894 Estructura Organizativa del Poder Ejecutivo del 25/01/2009 y modificado por los DS N°071 del 09/04/2009, DS N°3058 del 24/01/2017, DS N°3070 del 01/02/2017, DS N°4393 del 13/11/2020, DS N°4857 06/01/2023.
Las principales actividades del CNDC son las siguientes:
- Participar en la planificación de la expansión del SIN.
- Planificar la operación integrada del Sistema Interconectado Nacional, con el objetivo de satisfacer la demanda mediante una operación segura, confiable y de costo mínimo.
- Supervisar y coordinar, en tiempo real, la operación de las instalaciones de generación y transmisión del Sistema Interconectado Nacional, priorizando la seguridad del suministro.
- Realizar el Despacho de Carga a costo mínimo.
- Calcular los precios de Nodo.
- Establecer el balance valorado del movimiento de electricidad que resulte de la operación integrada.
- Administrar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista.